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DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1 2 9 8 0
08 de diciembre, 2009
DJ-2429-2009
Ingeniero
Urías Ugalde Varela
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, adenda al contrato de concesión de gestión de servicios público de remolcadores suscrito entre Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y la sociedad concesionaria SAAM Costa Rica S. A (licitación pública internacional 003-2001).
Nos referimos a su oficio No. G.G.C.2033-2009 del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo, adenda al contrato de concesión de gestión de servicios público de remolcadores suscrito entre Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y la sociedad concesionaria SAAM Costa Rica S.A.
De conformidad con la documentación remitida, la adenda en cuestión pretende modificar la cláusula 1.5.1.1 del contrato original, particularmente lo referido a los tiempos estimados para el desplazamiento desde Puerto Caldera a Puntarenas y Punta Morales.
Según se indica, con base en un estudio técnico se determinó que los tiempos establecidos en el contrato original no son reales, por lo que pretenden ajustarlos.
Ahora bien, en materia de modificaciones contractuales, el artículo 4 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública dispone, en lo que interesa:
“Requerirán refrendo cualesquiera otras modificaciones a los otros elementos esenciales de los contratos administrativos distintos al objeto, en el tanto esos contratos hayan sido a su vez refrendados por la Contraloría General de la República”
En el caso bajo estudio, si bien el contrato de gestión de servicio público de remolcadores fue refrendado por el órgano contralor (Oficio No. 10711 (DCA-2283) del 11 de agosto de 2006), cabe preguntarse si la modificación en cuestión es en uno de los elementos esenciales de la contratación.
En relac ...
Fecha publicación: 11/12/2009
Fecha emisión: 08/12/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Tesauro: Modificaciones sujetas a refrendo, Modificación unilateral del contrato , Características de la concesión de gestión de servicios públicos
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
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División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
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DFOE-OP-0724
17 de diciembre, 2009
Al contestar refiérase
al oficio No.13636
17 de diciembre, 2009
DFOE-OP-0724
Señora
Lilliane Morúa Torre
Secretaria Ejecutiva
Junta Directiva
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Estimada señora:
Asunto:
Remisión del informe No. DFOE-OP-IF-35-2009 sobre los resultados del estudio del presupuesto ordinario para el año 2010 del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, que se aprueba parcialmente por la suma de ¢5.751.309.29 miles.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de la Junta Directiva, y para que emitan las instrucciones que correspondan a las instancias pertinentes, me permito remitirle el informe preparado por la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan aspectos referentes a la aprobación del presupuesto ordinario para el año 2010.
Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en el artículo 184 de la Constitución Política de la República, 18 de su Ley Orgánica No. 7428, y otras leyes conexas, se analizó el presupuesto ordinario y la correspondiente estructura básica del plan operativo institucional, presentados por esa institución para el ejercicio presupuestario de 2010.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto y la correspondiente estructura básica del plan operativo institucional, aprobados por la Junta Directiva en la sesión N° 3588, celebrada el 17 de setiembre de 2009, que corresponden al periodo comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2010, remitidos con oficio No. G.G.C.01803-2009 del 25 de setiembre de 2009, así como la do ...
Fecha publicación: 04/12/2009
Fecha emisión: 01/12/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
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DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1 1 5 6 7
19 de noviembre, 2009
DJ-1949-2009
Máster
Widman Cruz Méndez
Gerente General
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO
Estimado señor:
Asunto: Se atiende onsulta relacionada con la modificación de la cláusula 4.1 del contrato de concesión de gestión de servicios públicos de la terminal de Puerto Caldera.
Nos referimos a su oficio No. G.G.C.1611-2009, mediante el cual solicita nuestro criterio en torno a una eventual modificación de la cláusula 4.1 del contrato de concesión de gestión de servicios públicos de la terminal de Puerto Caldera.
1. Antecedentes y justificación de la solicitud
De conformidad con los términos de su solicitud, la Administración y el concesionario han tenido diferentes interpretaciones de la cláusula 4.1 del contrato de la concesión y la posibilidad de dar en garantía los bienes adquiridos para gestionar el servicio público de la terminal.
Particularmente, dicha disposición del contrato, señala que el concesionario podrá fideicometer, gravar de cualquier manera o dar en garantía, los ingresos que resulten de la explotación de la concesión, así como toda contraprestación económica ofrecida por la Administración concedente, todo para garantizar las obligaciones financieras necesarias para ejecutar el contrato de concesión. Se exceptúa el porcentaje de los ingresos que resulten de la explotación de la concesión que debe pagarse a la Administración por concepto de canon.
La empresa concesionaria alega que la cláusula en cuestión no impide otorgar en garantía el equipo destinado a la operación portuaria que se haya adquirido mediante financiamiento y a favor de la entidad que lo financie.
Por su parte, el INCOP sostiene que el contrato no le permite gravar el equipo que se haya adquirido para la operación portuaria, toda vez que la cláusula 4.1 regula una limitación a la discrecionalidad que puede tener la concesionaria sobre los bienes adquiri ...
Fecha publicación: 20/11/2009
Fecha emisión: 19/11/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11503
5 de noviembre, 2009
FOE-OP-0603
Ingeniero
Urías Ugalde Varela
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
Estimado señor:
Asunto:
Aprobación del Presupuesto Extraordinario Nro.2-2009 del INCOP por un monto de ¢1.800.000,0 miles.
Con la aprobación de esta Contraloría General, se le remite el Presupuesto Extraordinario Nro. 2-2009 de ese Instituto, por un monto de ¢ 1.800.000,0 miles.
Sobre el particular, le indicamos lo siguiente:
1) La incorporación de los recursos por concepto de superávit libre correspondiente al 31 de diciembre de 2008, así como su aplicación no se objetan, sin detrimento de lo que pueda resolver esta Contraloría General, una vez concluido el análisis de la liquidación correspondiente a ese período.
2) Dado que el inmueble donde se encuentra el citado balneario es municipal, según se desprende de lo señalado en el oficio Nro G.G.C.1901-2009 del INCOP, de previo a realizar los gastos, se debe, a través del instrumento legal que corresponda determinar en forma específica las responsabilidades que asumirán los diferentes órganos o entes participantes en la reconstrucción del Balneario en el Barrio el Carmen de Puntarenas.
3) No se objeta la incorporación del citado gasto en el entendido de que para presupuestar el citado proyecto ese Instituto determinó que éste se constituye en un proyecto prioritario para esa Administración.
DFOE-OP-0603
-2-
5 de noviembre, 2009
4) Por otra parte, este órgano contralor parte del supuesto que dentro del análisis de prioridades que ese Instituto debió efectuar de frente a inversiones como las presupuestadas en esta oportu ...
Fecha publicación: 11/11/2009
Fecha emisión: 03/11/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
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R-DJ-233-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las diez horas del tres de noviembre de dos mil nueve. ----------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por COOPESERPORT R.L., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2009LA-000012-01, promovida el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, en adelante INCOP, para contratar el servicio de amarre y desamarre de Cruceros que arriben al muelle de Puntarenas, acto recaído a favor de COOPETRAMUPA R.L., por un monto de ¢243.414 por cada Crucero. ----------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. COOPESERPORT R.L, presentó su recurso el 26 de octubre de 2009. ------------------------------
II. Esta División Jurídica solicitó el expediente a la Administración el 29 de octubre del 2009. ------
III. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos Probados: Primero: Que el INCOP promovió la Licitación Abreviada 2 Licitación Abreviada 2009LA-000012-01, para “el servicio de atraque de barcos al Muelle de Puntarenas”, recaído a favor de COOPETRAMUPA R.L., por un monto de ¢243.414 por Crucero que arribe al Puerto.(Ver Acta de adjudicación Nº40-09 del INCOP a folios 145 y 146 del expediente administrativo) Segundo: De conformidad con la autorización de compra de bienes DOP-66-2009 de la Dirección de Operaciones Portuarias del INCOP, el monto total con que se cuenta para la ejecución del proyecto de amarre y desamarre de Cruceros que arriben al muelle de Puntarenas, hasta el mes de junio del año 2011 es de ¢34.500.000. (Ver autorización a folio 1 del expediente administrativo). ----------------------------------------------------------------------------------------------------
II.-De la adm ...
Fecha publicación: 06/11/2009
Fecha emisión: 03/11/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
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R-DJ-216-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil nueve. -------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por el consorcio conformado por las empresas Manglares del Sur S. A e Industrial Fire and Rescue Equipment S. A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2009LN-000002-001, promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, para el mantenimiento correctivo, zona de transición, atracaderos y duques de alba del Muelle de Puntarenas, recaído a favor del señor Marvin Martínez Ordóñez, por un monto de ¢126.739.650,00 ---------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el Consorcio conformado por las empresas Manglares del Sur S. A. e Industrial Fire and Rescue Equipment S. A presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública N° 2009LN-000002-001, promovida por el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, donde señala que fue ilegalmente excluida por aspectos extra cartelarios, sea, determinación de eventuales precios unitarios desproporcionados y plazo de entrega que supuestamente es prácticamente imposible de cumplir; aunado al hecho que alega en contra de la adjudicataria, la presentación de experiencia similar a la de otra empresa participante y certificación de la CCSS donde se acredita que el señor Marvin Martínez se encuentra inactivo respecto a sus obligaciones con esa institución. --------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las once horas del dieciocho de agosto de dos mil nueve, esta División solicitó al Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico el expediente de la mencionada licitación.-
III. Que mediante oficio C.P.G.-176-2009 del 19 de agosto del 2009, la Administración licitante remitió el exped ...
Fecha publicación: 25/10/2009
Fecha emisión: 22/10/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
FOE-OP-000
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19 de octubre, 2009
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 10771
19 de octubre, 2009
DFOE-OP-0561
Ingeniero
Urías Ugalde Varela
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
Estimado señor:
Asunto:
Aprobación del Presupuesto Extraordinario Nro.3-2009 del INCOP por un monto de ¢103.742,3 miles, donde se refuerzan los gastos para el Balneario de Ojo de Agua.
Con la aprobación de esta Contraloría General, se le remite el Presupuesto Extraordinario Nro. 3-2009 de ese Instituto, por un monto de ¢ 103.742,3 miles.
Al respecto, se le indica que no se objeta la clasificación dada a los ingresos que se percibirán por concepto de boletería y parqueo en el Balneario de Ojo de Agua; empero, ésta debe ser consultada a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, en su carácter de órgano rector del Subsistema de Presupuesto, según lo dispuesto en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nro.8131.
Atentamente,
Lic. Manuel J. Corrales Umaña, M.B.A.
Gerente de Área
MCU/JDCM/vas
Ci:
Gerente General-INCOP
Presupuesto-INCOP
Auditor General-INCOP
Autoridad Presupuestaria
G:
2008003091 - 5
NI:
18495,18790
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
] ...
Fecha publicación: 23/10/2009
Fecha emisión: 16/10/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 09094
31 de agosto del 2009
DJ-0915
Mba.
William Cruz Mendez
Gerente General
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Estimado señor:
Asunto:
Se deniega la autorización, por no requerirla, del artículo 200 del Reglamento de Contratación Administrativa para la ampliación del contrato para la “Reparación del puente de acceso, estructura soporte vertical, vigas y cambio de angulares que forman el Sistema de Tensores del Muelle de Quepos”, derivado de la Licitación Pública Nº 2008LN-000006-01.
Damos respuesta a su oficio Nº G.G.C.1575-2009 del 12 de agosto del presente año, recibido en esta Contraloría General el 17 de agosto anterior, solicitan la autorización de esta Contraloría General de la República, para ampliar el contrato original, refrendado por esta División mediante el oficio Nº 5112 (DCA-1397) del 19 de mayo de 2009, suscrito entre el INCOP y Marvin Martínez Ordóñez, para la para la “Reparación del puente de acceso, estructura soporte vertical, vigas y cambio de angulares que forman el Sistema de Tensores del Muelle de Quepos”, derivado de la Licitación Pública Nº 2008LN-000006-01.
I. Antecedentes y justificaciones de su solicitud.
1) Que por medio del oficio 5112 (DCA-1397) del 19 de mayo de 2009, este Despacho le concedió el refrendo al contrato suscrito entre el INCOP y Marvin Martínez Ordóñez, para la para la “Reparación del puente de acceso, estructura soporte vertical, vigas y cambio de angulares que forman el Sistema de Tensores del Muelle de Quepos”, derivado de la Licitación Pública Nº 2008LN-000006-01, por un monto de ¢283.501.186,36.
2) Que hasta la fecha se ha pagado el monto de ¢198.450.830,36 y según el control del avance de la obra se ha cubierto un 70% de la contratación de la obra.
3) Que en cuanto iniciaron las obras de la licitación supracitada, luego de la limpieza preliminar se valoraron las vigas que se podían reparar y continuar con el proceso de limpieza y ...
Fecha publicación: 03/09/2009
Fecha emisión: 31/08/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN JURÍDICA
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Al contestar refiérase
al oficio No. 08476
13 de agosto, 2009
DJ-0683
Mba.
Witman Cruz Méndez
Gerente General
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Estimado Señor:
Asunto: Se refrenda contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y Maritime International INC., para la compra de defensas marinas y juegos de de almohadillas completos de polietileno.
Se atiende oficio N° G.G.C. 1415-2009 del 13 de julio de 2009 de fecha 13 de julio de 2009, recibido en esta Contraloría General el 15 de julio de 2009, mediante el cual solicitó refrendo legal del contrato suscrito entre Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (en adelante INCOP) y Maritime International INC., para la compra de nueve defensas marinas completas con sus respectivos pernos de anclaje sin cadenas de fijación para el puesto cuatro; nueve defensas completas con sus respectivos pernos de anclaje con cadenas de fijación, anclajes y tornillos de fijación de las cadenas para el puesto cinco; doce juegos de almohadillas completos de polietileno UHMW con alto peso molecular E=40 MM, para el muelle de Puntarenas; por un monto de $470.724,58.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, se devuelve el contrato de mérito debidamente refrendado por este órgano contralor, aprobación que no obstante se encuentra condicionada a lo siguiente:
- En vista de que la Administración no fundamenta su decisión de admitir la corrección que del precio realizó el adjudicatario (entonces oferente) a folios 247 y 248; y ya que no hay constancia con relación a la razonabilidad del precio adjudicado; procédase a realizar y aportar dentro del expediente dicho examen.
- Con relación al aparte número 3 de la cláusula segunda, debe entenderse que los tiquetes de avión para dos personas a los cuales se refiere dicha claúsula, lo son para que dos empleados de la adjudicataria (Maritime Internacional INC), verifiquen en el sitio en que se construi ...
Fecha publicación: 18/08/2009
Fecha emisión: 13/08/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio Nº 08103
03 de agosto, 2009
DJ-0512
Señor
Urias Ugalde Varela
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Estimado señor:
Asunto: Se atiende la solicitud de criterio legal, remitida por el INCOP, mediante el oficio PESJU-357-2009, respecto a la posibilidad de financiar mediante modificación presupuestaria del INCOP la construcción de cierto tipo de infraestructura portuaria con fines turísticos.
Damos respuesta a su oficio PESJU-357-2009, recibido en esta Contraloría General el día 17 de julio anterior, mediante el cual solicita nuestro criterio jurídico respecto a la a la posibilidad de financiar mediante modificación presupuestaria del INCOP la construcción de cierto tipo de infraestructura portuaria con fines turísticos.
I.- Motivo de la Consulta:
Señala en su oficio que, la Ley Reguladora de la Actividad Portuaria de la Costa del Pacífico, N° 8461, introdujo una serie de reformas a la Ley Orgánica del INCOP, que le otorgaron nuevas facultades y funciones a esta institución para coadyuvar en el desarrollo de la provincia de Puntarenas.
Dentro de las novedades, destaca la creación de un órgano desconcentrado con representación de distintas instituciones tanto públicas como privadas, a saber INCOP, ICT, Municipalidad de Puntarenas, Cámara de Turismo y la Casa de la Cultura. Todas ellas, estarían involucradas en el mejoramiento de las capacidades y oferta turística de la zona, para promover el aumento de los visitantes nacionales y extranjeros.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley, se definen las atribuciones de este órgano dentro de la estructura organizativa del INCOP, entre las cuales destacan la posibilidad de promover, en coordinación con el ICT, la Cámara de Turismo de Puntarenas y la Municipalidad de ese cantón, la actividad y prestación de servicios turísticos a nacionales y extranjeros e impulsar el desarrollo de actividades de dis ...
Fecha publicación: 06/08/2009
Fecha emisión: 03/08/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS